Co-padres: todo lo que necesita saber sobre la co-paternidad

Co-padres: todo lo que necesita saber sobre la co-paternidad

¿De qué estamos hablando de la paternidad compartida? Padres divorciados o separados, pareja del mismo sexo, padrastros… Una multitud de situaciones llevan a dos adultos a criar a un hijo. Es la relación entre un niño y sus dos padres, además de la relación conyugal de este último.

¿Qué es la co-paternidad?

Aparecido en Italia, este término de coparentalidad es una iniciativa de la Asociación de Padres Separados, para luchar contra las diferencias impuestas a la custodia de los hijos durante una separación. Este término, que desde entonces ha sido adoptado por Francia, define el hecho de que dos adultos ejercen el derecho a ser los padres de su hijo, sin necesariamente vivir bajo el mismo techo o estar casados.

Este término se utiliza para distinguir el vínculo matrimonial, que puede romperse, del vínculo entre padres e hijos que persiste, a pesar de los conflictos entre los padres. Las asociaciones de padres se han convertido en su buque insignia para luchar contra la discriminación entre los sexos, durante los divorcios, y prevenir los secuestros de niños con el uso de influencias destinadas a manipular al niño. parental o Medea ”.

Según la ley francesa, “la patria potestad es un conjunto de derechos pero también de deberes. Estos derechos y deberes son, en última instancia, en interés del niño ”(artículo 371-1 del Código Civil). “Por lo tanto, es siempre el interés superior del niño lo que debe regir, incluida la paternidad compartida”.

Ser reconocido como padre de un niño determina derechos y deberes tales como:

  • custodia del niño;
  • las obligaciones de atender sus necesidades;
  • asegurar su seguimiento médico;
  • su escolaridad;
  • el derecho a llevarlo de viaje;
  • ser responsable de sus actos a nivel moral y legal, siempre que sea menor de edad;
  • gestión de sus bienes hasta su mayoría de edad.

¿A quién le concierne?

Según el diccionario jurídico, la paternidad compartida es simplemente “el nombre que se le da al ejercicio conjunto por los dos padres de” laautoridad parental«.

El término co-paternidad se aplica a dos adultos, ya sea en pareja o no, que están criando a un niño, ambas partes se sienten responsables de este niño, y que son reconocidos por el niño mismo como sus padres.

Ellos pueden ser :

  • sus padres biológicos, independientemente de su estado civil;
  • su padre biológico y su nueva esposa;
  • dos adultos del mismo sexo, vinculados por una pareja de hecho, matrimonio, adopción, subrogación o procreación médicamente asistida, lo que determina los pasos que se toman juntos para construir una familia.

Según el Código Civil, artículo 372, “los padres y las madres ejercen conjuntamente la patria potestad. Sin embargo, el Código Civil prevé excepciones: las posibilidades de pérdida de la patria potestad y la delegación de esta potestad a terceros ”.

Homoparentalidad y crianza compartida

El matrimonio para todos ha permitido que las parejas homosexuales sean reconocidas legalmente en el caso de esta co-paternidad.

Pero la ley francesa impone reglas relativas tanto a la concepción del niño como a la patria potestad, el divorcio o incluso la adopción.

Dependiendo del marco legal en el que el niño fue procreado o adoptado, su custodia y patria potestad pueden ser encomendadas a una sola persona, a una pareja homosexual, a uno de los padres biológicos en relación con un tercero, etc.

Por tanto, la patria potestad no es una cuestión de procreación, sino de reconocimiento legal. Los contratos de gestación subrogada firmados en el extranjero (porque está prohibido en Francia) no tienen poder legal en Francia.

En Francia, la procreación asistida está reservada a los padres heterosexuales. Y solo si existe infertilidad o riesgo de transmisión de una enfermedad grave al niño.

Varias personalidades, como Marc-Olivier Fogiel, periodista, relata el difícil viaje vinculado a este reconocimiento de la filiación en su libro: “¿Qué le pasa a mi familia? “.

Por el momento, este vínculo legalmente establecido en el extranjero a raíz de un acuerdo de madre subrogada se transcribe en principio en los registros del estado civil francés no solo en el sentido de que designa al padre biológico sino también al progenitor. de intención - padre o madre.

Sin embargo, en cuanto a la PMA, esta posición es solo jurisprudencial y aparte de recurrir a la adopción del hijo del cónyuge, por el momento no existen otras alternativas para establecer su vínculo de filiación.

¿Y los suegros?

Por el momento, el marco legal francés no reconoce ningún derecho a la paternidad para los padrastros, pero ciertos casos pueden ser excepciones:

  • delegación voluntaria: lel artículo 377 dispone de hecho: " que el juez puede decidir la delegación total o parcial del ejercicio de la patria potestad a un “familiar de confianza” a solicitud de los padres y madres, actuando en conjunto o por separado “cuando las circunstancias así lo requieran” ”. En otras palabras, si uno de los padres, de acuerdo con el niño así lo solicita, uno de los padres puede ser privado de su patria potestad a favor de un tercero;
  • delegación compartida: lEl Senado prevé permitir que el padrastro “participe en el ejercicio de la patria potestad sin que ninguno de los padres pierda sus prerrogativas. Sin embargo, sigue siendo necesario el consentimiento expreso de este último ”;
  • adopción: ya sea total o simple, este proceso de adopción se lleva a cabo para transformar la relación del padrastro a la del padre. Este enfoque incluye la noción de filiación que el padrastro le transmitirá al niño.

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